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¿QUÉ HACER SI UN EMPLEADO PRESENTA SÍNTOMAS?


jueves marzo 19, 2020

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  1. Confirmar hasta donde sea posible, la presencia de los síntomas de cuadro respiratorio (Los síntomas pueden ser uno o varios de los siguientes: fiebre mayor a 38° C, dolor de cabeza, dolor de garganta, escurrimiento nasal, tos).

  2. Esto se puede hacer mediante el servicio médico preventivo de la empresa quien será el filtro adecuado.

  3. El servicio médico debe determinar si la persona:

  • Puede permanecer en la empresa trabajando ya sea con o sin medidas especiales
  • Debe retirarse a su domicilio a tratarse con medidas generales
  • Que la persona está lo suficientemente enferma como para ameritar atención médica integral u hospitalaria

Es importante tomar en cuenta que en caso de NO permitir el acceso a la empresa al trabajador, el médico de empresa deberá expedir un certificado médico que lo declare no apto para trabajar, que establezca que se lo dictamina con una enfermedad respiratoria CONTAGIOSA (aunque no establezca específicamente de que enfermedad se trata), detallar los síntomas que presenta el empleado y el número de días que no deberá presentarse a trabajar, además de establecer las medidas que debe tomar el trabajador (a distancia) para hacer del conocimiento de las autoridades de salud su situación y poder obtener en su caso una incapacidad por parte del IMSS.

Resulta, para efectos laborales, de suma importancia que dicho certificado médico cumpla con los requisitos siguientes:

  • Fecha de emisión.
  • Nombre completo del doctor,
  • Domicilio.
  • Teléfono.
  • Cédula profesional, escuela donde estudio (todos los datos sin abreviaturas).

Dicho certificado se deberá elaborar por duplicado y entregar un tanto al trabajar, pidiéndole además que nos firme de recibido para constancia el nuestro.

  • En todo caso, el servicio médico debe informar al paciente los posibles signos de alarma de su cuadro y la conducta a seguir en caso de presentarse estos.

  • En caso de que la persona sea diagnosticada con sospecha del coronavirus la empresa deberá llamar a los números telefónicos disponibles de la Secretaría de Salud para la definición de si cumple o no los criterios para la realización de prueba específica de coronavirus. 686-304-8048

MUY IMPORTANTE

No referir a las instituciones de salud a todo el que presente síntomas respiratorios simples ya que la capacidad de atención de los servicios de urgencias es limitada. Además, los hospitales son sitios donde es posible contagio con esa u otras infecciones.


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