jueves marzo 19, 2020
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Es importante tomar en cuenta que en caso de NO permitir el acceso a la empresa al trabajador, el médico de empresa deberá expedir un certificado médico que lo declare no apto para trabajar, que establezca que se lo dictamina con una enfermedad respiratoria CONTAGIOSA (aunque no establezca específicamente de que enfermedad se trata), detallar los síntomas que presenta el empleado y el número de días que no deberá presentarse a trabajar, además de establecer las medidas que debe tomar el trabajador (a distancia) para hacer del conocimiento de las autoridades de salud su situación y poder obtener en su caso una incapacidad por parte del IMSS.
Resulta, para efectos laborales, de suma importancia que dicho certificado médico cumpla con los requisitos siguientes:
Dicho certificado se deberá elaborar por duplicado y entregar un tanto al trabajar, pidiéndole además que nos firme de recibido para constancia el nuestro.
MUY IMPORTANTE
No referir a las instituciones de salud a todo el que presente síntomas respiratorios simples ya que la capacidad de atención de los servicios de urgencias es limitada. Además, los hospitales son sitios donde es posible contagio con esa u otras infecciones.